¿Quién Puede Ser Socio?
Podrán ser socios los pensionados de los Sistemas de Retiro del Gobierno de Puerto Rico y la Judicatura, del Sistema de Retiro de Maestros y del Sistema de Retiro de la Universidad de Puerto Rico. En caso de fallecimiento del pensionado, su cónyuge supérstite y beneficiarios.

Forma de pago:
Los asociados se comprometen a pagar una cuota quincenal de $1.00 pagadera mediante descuento de su pensión.
Podrán ser socios los beneficiarios del seguro social federal, los pensionados del Gobierno federal y los retirados de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos de América, mediante pago directo.

Forma de pago:
Si el pensionado decide acogerse a pago directo, se compromete a pagar por adelantado la cuota correspondiente a un año por un monto de $24.00. Los Socios Especiales sólo tienen la opción de pagar directamente.
Socios AEE
Podrán ser socios los pensionados del Sistema de Retiro de la Autoridad de Energía Eléctrica mediante pago directo.

Forma de pago:
Enviando la Solicitud de Ingreso junto a los $24.00 de cuota anual en los siguientes métodos de pago:
- Cheque
- Giro Postal
- Efectivo (visitando nuestras oficinas)

